CLAUSURA LA PROFEPA DOS EMPRESAS CLANDESTINAS
11.13.08 - Leído 34 veces. Enviar esta notaRodrigo Álvarez
Funcionaban en el Estado de México
MÉXICO, D.F., 13 noviembre 2008.- Por estar funcionando sin autorización federal alguna y contaminar el medio ambiente, inspectores de la Delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en el Estado de México clausuraron dos empresas: una, dedicada a la elaboración de lubricantes y la otra a la fundición de aluminio.
En el primer caso, el personal actuante dictaminó como medida de seguridad la clausura total temporal de la empresa Lubricantes y Derivados Nacionales, ubicada en un terreno de 336 metros cuadrados en la colonia Centro del pueblo Deshde, en Acambay, Méx., dedicada desde 1999 a la fabricación de lubricantes y derivados, así como a la destilación de gas nafta sucio.
Los inspectores asentaron en el acta de inspección que la empresa, desde su creación, realiza el tratamiento por medio de destilación de residuos peligrosos, sin contar con la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Tampoco tiene el registro como generador de residuos peligrosos, un programa de atención a contingencias para el manejo de éstos, ni la documentación que avale la disposición y/o el tratamiento de esos residuos.
Por su parte, la fundidora de aluminio “José Esteban López Ordóñez”, localizada en un terreno de 8,500 metros cuadrados en el municipio de Zumpango, Méx., también fue visitada por los inspectores de la Delegación de la Profepa en el Estado de México, quienes encontraron un cúmulo de irregularidades.
Entre ellas, no contaba con licencia de funcionamiento para usar la chatarra, rebaba y escoria de aluminio, ni con equipo de captación, conducción y control de emisiones, plataformas y puertos de muestreo del aluminio, actividades que generan residuos peligrosos que estaban siendo emitidos a la atmósfera sin las medidas de prevención y control que establecen las normas mexicanas, por lo que fue clausurada parcial temporalmente.
En ambos casos, los propietarios cuentan con cinco días hábiles para presentar la documentación que compruebe su legal establecimiento y funcionamiento. En caso contrario, serán clausuradas en forma definitiva.
(Planeta Azul)


