VIGILANCIA PERMANENTE DE LA PROFEPA SOBRE RESIDUOS BIOLOGICO INFECCIOSOS
05.29.08 - Leído 21 veces. Enviar esta notaKarla María Sosa
Pueden afectar al medio ambiente y la salud humana
MÉXICO, D,F; 29 mayo 2008.- Entre febrero de 2003 y mayo de 2008, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) ha realizado visitas de inspección y vigilancia a 6,506 establecimientos generadores de residuos biológico-infecciosos (como hospitales, clínicas y laboratorios), y a 2,175 empresas que brindan servicios de manejo, tratamiento y disposición final de esos residuos, conforme a lo dispuesto por la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.
El propósito de esta Norma Mexicana es evitar que un mal manejo de estos residuos, tanto por parte de los generadores como de los prestadores de servicios, origine problemas serios al ambiente y a la salud pública.
En el período citado –es decir, desde que entró en vigor la citada Norma Oficial–, los inspectores de la Profepa han encontrado irregularidades leves, de tipo administrativo, en 3,213 de los establecimientos inspeccionados. De ellos, en 2,956 casos se han impuesto sanciones económicas por un monto cercano a los 24 millones de pesos. Sólo en cuatro casos, las infracciones a la legislación fueron graves y ameritaron la clausura de las empresas.
Para que un residuo sea considerado como peligroso de tipo biológico-infeccioso (RPBI), debe contener agentes biológicos precisamente infecciosos. Según la Norma, son RPBI “cualquier microorganismo capaz de producir enfermedades”, siempre y cuando se encuentre en una concentración suficiente, en un ambiente propicio, en presencia de una vía de entrada y en un hospedero susceptible.
Una infección es una invasión del organismo humano por gérmenes patógenos que se reproducen y multiplican, produciendo una enfermedad por lesión celular local, secreción de toxinas o reacción antígeno-anticuerpo en el huésped.
De acuerdo con lo establecido en la NOM-087 SEMARNAT-SSA1-2002, las empresas generadoras de estos residuos deben estar registradas ante la Semarnat, llevar una bitácora, reportar anualmente los residuos generados, utilizar los manifiestos de entrega-transporte y recepción, elaborar o sujetar sus residuos a un plan de manejo.
Así, la Profepa inspecciona y vigila que dentro de sus instalaciones, estas empresas generadoras identifiquen y separen los residuos, los envasen y etiqueten (en bolsas y contenedores de diferentes colores y consistencias), los tengan en un almacenamiento temporal y les den un tratamiento interno.
Entre otros, son considerados residuos peligrosos biológico-infecciosos los materiales de curación y recipientes empapados con sangre fresca; tubos de ensayo de plástico con sangre fresca; jeringas con sangre; material punzocortante o de vidrio que haya estado en contacto con humanos o animales, o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento; tejidos y órganos de necropsia y cirugía, y los animales muertos inoculados con agentes entero-patógenos.
Por su parte, los prestadores de servicios deben también estar autorizados por la Semarnat para realizar actividades de recolección, transporte y acopio, tratamiento o incineración, disposición final; igualmente, utilizar los manifiestos de entrega-transporte y recepción, y reportar anualmente los movimientos de RPBI efectuados. Asimismo, deben tener áreas de almacenamiento, sistemas de recolección, medios de transporte externo, centros de acopio, tratamiento y de disposición final.
Todas las personas expuestas a los RPBI corren riesgo de contaminación a través de una exposición accidental por un mal manejo. Sobre todo, el personal médico, de enfermería, de laboratorio, de ambulancia y de limpieza de hospitales, así como los pacientes, trabajadores de servicios de apoyo a establecimientos de asistencia sanitaria, como lavanderías, servicios de manejo y transporte de residuos, servicios de eliminación de residuos, incineradores, entre otros.
Como un servicio más a la comunidad, la Profepa ha decidido subir a su página de Internet la Guía de Cumplimiento de la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, elaborada en colaboración con la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Asimismo, en todas las visitas de inspección que efectúa, entrega un ejemplar de esta Guía a los inspeccionados.
(Planeta Azul)
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