INSUFICIENTE REGLAMENTO DE LEY DE BIOSEGURIDAD QUE AUTORIZA SIEMBRAS DE TRANSGÉNICOS EN MÉXICO: GREENPEACE
03.25.08 - Leído 85 veces. Enviar esta notaBrenda Castillo
Greenpeace en México exige al gobierno mexicano apego a la Ley de bioseguridad y al principio precautorio del Protocolo de Cartagena
MÉXICO, DF; 25 marzo 2008.- La publicación del Reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados no es suficiente para la autorización de siembras de experimentales de maíz transgénico en México, señaló Greenpeace.
La organización dijo que aún cuando el Reglamento entró en vigor ayer 24 de marzo, de acuerdo a su Transitorio Primero, las secretarías de Salud, Semarnat y Sagarpa deben acatar la Ley de Bioseguridad y concluir satisfactoriamente un sistema de salvaguardas de bioseguridad en México, antes de autorizar cualquier siembra transgénica.
“El Reglamento se centra únicamente en dar respuesta a las empresas transnacionales en torno a los trámites y requisitos para las solicitudes de siembra de sus semillas transgénicas, y deja en manos de la industria biotecnológica la determinación de las medidas de evaluación, monitoreo y control de los posibles riesgos en la salud humana, al medio ambiente y la diversidad biológica, cuando esta es una obligación de los gobiernos, de acuerdo al Principio Precautorio del Protocolo de Cartagena, del cual México es signatario. Con el Reglamento, el gobierno mexicano deja al arbitrio del promoverte lo que se entiende por medidas de bioseguridad, sin fijar estándares y sin determinar centros de origen y diversidad genética, así como la implementación de un régimen de protección especial al maíz”, denunció Aleira Lara, coordinadora de la campaña de agricultura sustentable y transgénicos de Greenpeace México.
La Ley de Bioseguridad estipula en su artículo 2 fracción XI, la creación de un régimen de protección especial del maíz, el cual ordena que se determinen las bases para el establecimiento, caso por caso, de los cultivos de los cuales México es centro de origen, en especial del maíz. Sin embargo, el Reglamento lo deja para su posterior regulación y da como plazo 60 días siguientes a su entrada en vigor.
De acuerdo con el Reglamento, la Semarnat y la Sagarpa deberán emitir las disposiciones de bioseguridad que conformen el régimen de protección especial. Sin estas disposiciones no se puede proceder a la autorización de las siembras de maíz transgénico.
“El artículo 86 de la Ley de bioseguridad establece que es indispensable la determinación de centros de origen y diversidad genética para poder tomar las medidas necesarias para la protección de dichas especies. No obstante, el Transitorio quinto del Reglamento estipula que las solicitudes de permisos presentadas antes de la entrada en vigor del Reglamento y aquellas que se presenten en tanto no se emitan los acuerdos a que se refiere el artículo 86, se resolverán por la secretaría competente. Con esta disposición discrecional se pretende otorgar autorizaciones aun sin contar con el marco de bioseguridad completo”, explicó Lara.
De acuerdo a datos de Greenpeace Internacional y Genewatch Reino Unido, en su Tercer reporte del Registro de Contaminación de Transgénicos estable que en la actualidad, siendo centro de origen del maíz y sin contar con la autorización de siembras experimentales, México ocupa el segundo lugar con más casos de contaminación en el continente americano y el octavo a nivel mundial. Nuestro país ya resiente los impactos negativos de los trangénicos creados con una tecnología burda y riesgosa, que amenaza gravemente al medio ambiente y que no ha descartado impactos negativos en la salud humana.
Con la liberación de maíz transgénico al medio ambiente, el gobierno mexicano pondrá en manos de empresas transnacionales la soberanía alimentaria de los mexicanos. La semilla de maíz transgénico es altamente contaminante, investigaciones científicas demuestran la imposible coexistencia de los cultivos transgénicos con los convencionales y orgánicos. Cuando los transgénicos son sembrados fuera de los laboratorios, aún respetando regulaciones estrictas, es imposible controlar a los insectos, el movimiento del polen o las corrientes de aire, así como el intercambio de semillas, práctica común en los campesinos mexicanos. La Agencia Europea para el Medio ambiente (EEA por sus siglas en inglés) ha descrito al maíz transgénico como un cultivo de “medio a alto riesgo” de contaminación.
“Greenpeace exige a las autoridades de Semarnat y Sagarpa cumplir con la Ley de bioseguridad y mantener la moratoria a las siembras experimentales de maíz transgénico, hasta completar el sistema de salvaguardas de bioseguridad estipulado en la legislación vigente. Si se permite que el maíz transgénico contamine las plantas originales de maíz que son cultivadas en México, la Humanidad puede perder estas “plantas madre” de las que se originaron el resto de las variedades de maíz”, concluyó Lara.
Fuente: Greenpeace México.
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