RECIBE LA CCA PETICIÓN REVISADA SOBRE EL PARQUE NACIONAL LOS REMEDIOS
03.12.07 - Leído 125 veces. Enviar esta notaRedacción Planeta Azul
Se afirma que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental respecto al área natural protegida mexiquense
MONTREAL, Canadá 11 marzo 2007.- El 2 de marzo de 2007, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) recibió una petición ciudadana revisada en la que la Asociación Fuerza Unidad Emiliano Zapata en Pro de las Áreas Verdes (la “Peticionaria”) afirma que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental con respecto al área natural protegida (ANP) denominada Parque Nacional Los Remedios, en Naucalpan, Estado de México.
La petición SEM-06-006 (Parque Nacional Los Remedios) fue presentada ante el Secretariado de la CCA el 9 de noviembre de 2006. El 19 de enero de 2007, el Secretariado determinó que la petición no satisfacía todos los requisitos del artículo 14 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) y otorgó a la Peticionaria un plazo de 30 días para presentar una petición que cumpliera con dichos requisitos.
En la petición revisada, la Peticionaria asevera que en el caso del Parque Nacional Los Remedios, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), y el reglamento de la LGEEPA en materia de áreas naturales protegidas al no supervisar la conservación, protección y vigilancia del Parque, cuya administración recae en el gobierno del Estado de México según un acuerdo con el gobierno federal. La Peticionaria asevera que las autoridades han omitido de aplicar disposiciones de dichas leyes al permitir el deterioro ambiental del sitio, lo que ahora sirve de justificación para abrogar el decreto de protección federal del Parque Nacional Los Remedios. Señala como ejemplo el que en 2006, las autoridades del municipio de Naucalpan supuestamente otorgaron permisos para el derribo de 120 árboles en el ANP en violación al artículo 50 de la LGEEPA.
El Secretariado de la CCA analizará la petición revisada para determinar si ahora cumple con los criterios del artículo 14 del ACAAN.
El mecanismo de peticiones ciudadanas de la CCA permite a la ciudadanía desempeñar un papel activo como “sirena de alerta” en asuntos relacionados con la aplicación de la legislación ambiental. Conforme al artículo 14 del ACAAN, cualquier ciudadano u organización no gubernamental puede presentar una petición cuando considere que uno de los socios del TLCAN está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental. Luego de revisar la petición, el Secretariado puede investigar el asunto y integrar un expediente de hechos con sus hallazgos.
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